Es muy sencillo, el sueldo no te lo pueden embargar poque no llega al salario mínimo interprofesional. Pero si tienes una cuenta a tú nombre, hay dinero, y el juzgado ha dado orden de embargo de cuentas y salarios. De los salarios no han podido porque no llegas al mínimo embargable, pero si tienes cuenta a tú nombre si que te pueden meter mano. Busca a alguien de tu confianza abres una cuenta con él/ella y después te pones de autorizado, ya no te podrán pillara nada, o bien en tú empresa da una cuenta en la que tú no salgas de titular solamente de autorizado.
Es muy sencillo, el sueldo no te lo pueden embargar poque no llega al salario mínimo interprofesional. Pero si tienes una cuenta a tú nombre, hay dinero, y el juzgado ha dado orden de embargo de cuentas y salarios. De los salarios no han podido porque no llegas al mínimo embargable, pero si tienes cuenta a tú nombre si que te pueden meter mano. Busca a alguien de tu confianza abres una cuenta con él/ella y después te pones de autorizado, ya no te podrán pillara nada, o bien en tú empresa da una cuenta en la que tú no salgas de titular solamente de autorizado.